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Exenciones 212h para Condenas Penales

Exenciones 212h Las exenciones 212h pueden ayudarte a obtener o mantener tu tarjeta de residencia si tienes una condena penal.

Incluso si eres deportable porque fuiste condenado por uno de los siguientes delitos, aún puedes ser elegible para una exención 212h:

(1) Delitos que involucran depravación moral;

(2) Condenas por 2 o más delitos por los que la sentencia agregada fue de 5 años o más;

(3) Participación en prostitución o procuración de prostitutas;

(4) Involucración en actividad criminal grave donde se alegó inmunidad de procesamiento; o

(5) Una sola ofensa de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana.

Reseñas de Clientes

Altamente Ética, Profesional, Confiable y Atenta

“Contratamos a una abogada de inmigración de las Oficinas Legales de Carl Shusterman cuando mi esposo enfrentó procedimientos de deportación. Tenía un caso tremendamente complicado, sin embargo, pudieron reabrirlo por la BIA y seguir hasta el final para adquirir una tarjeta de residencia para él. Su abogada fue Jennifer Rozdzielski. Ella es altamente ética, profesional, confiable y atenta. Jennifer hizo realidad nuestros sueños al ayudar a mantener unida a nuestra familia. Muy recomendable.”

- Anna, Los Angeles, California
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Puedes ser elegible para uno de los siguientes tipos de exenciones 212h:

(1) Exenciones 212h de 15 años Debes demostrar que las actividades por las que eres inadmisible ocurrieron hace más de 15 años; que tu admisión no sería contraria al bienestar, seguridad o seguridad nacional de los Estados Unidos y 3) que te has rehabilitado.

(2) Exenciones 212h por Dificultad Extrema Si eres inadmisible debido a cualquier conducta criminal calificada, puedes calificar para una exención si: (1) puedes demostrar que si se te niega la admisión, tu cónyuge, padre, hijo o hija ciudadano estadounidense o portador de tarjeta de residencia sufriría dificultades extremas; y (2) el USCIS o un Juez de Inmigración ejercen discreción favorable en tu caso.

Factores de Dificultad Extrema incluyen si tus familiares calificados tienen lazos familiares en los Estados Unidos; la extensión de los lazos familiares de los familiares calificados fuera de los Estados Unidos; condiciones en tu país de origen; impacto financiero de tu partida de los Estados Unidos; y condiciones de salud significativas, particularmente cuando están vinculadas a la indisponibilidad de atención médica adecuada en tu país.

(3) Exenciones 212h para Cónyuges Maltratados Si tu cónyuge es ciudadano estadounidense o titular de tarjeta de residencia y fuiste maltratado o sometido a crueldad extrema por tu cónyuge, puedes presentar una petición de cónyuge maltratado VAWA. Las mismas reglas se aplican a un niño maltratado. Si presentas tal petición de cónyuge maltratado solicitando una tarjeta de residencia pero eres inadmisible debido a conducta criminal calificada, puedes solicitar una exención 212h.

Solicitar una exención 212h es un proceso extremadamente complejo. Una persona representada por un abogado de inmigración experimentado tiene más probabilidades de que se apruebe su exención.

Las exenciones 212h solo eximen los fundamentos de inadmisibilidad relacionados con:

Delitos que involucran depravación moral (sin límite en el número de delitos);
Participación en prostitución;
Una única condena por posesión simple o estar bajo la influencia de 30 gramos o menos de marihuana, o una cantidad equivalente de hachís (ver discusión adicional en la Parte D, infra) ;
Convicción de dos o más delitos de cualquier tipo con una sentencia impuesta agregada de al menos cinco años; o
Alegar inmunidad contra el procesamiento de un delito grave. Además, el solicitante de la § 212(h) debe ser:
Un cónyuge, padre, hijo o hija de un ciudadano estadounidense o residente permanente que enfrentará dificultades extremas si se expulsa al solicitante;
Un auto peticionario VAWA;
Inadmisible solo por el motivo de prostitución; o
Inadmisible en base a una condena o evento que tuvo lugar hace más de 15 años antes de la solicitud actual. En estas dos últimas categorías, el solicitante debe demostrar que se ha rehabilitado y su admisión no es contraria a los intereses de Estados Unidos.
Las exenciones 212h se conceden a discreción. Si la condena a ser eximida fue por un delito «peligroso o violento», el solicitante debe cumplir con un estándar extraordinariamente alto para obtener una concesión discrecional.

El 8 CFR 212.7(d) establece que en el caso de un delito violento o peligroso, la concesión positiva de las exenciones 212h no se ejercerá «excepto en circunstancias extraordinarias, como las que involucran consideraciones de seguridad nacional o política exterior, o casos en los que un extranjero demuestra claramente que la negación de la solicitud de ajuste de estatus o una visa de inmigrante o la admisión como inmigrante resultaría en dificultades excepcionales y extremadamente inusuales.

Además, dependiendo de la gravedad del delito penal subyacente del extranjero, una demostración de circunstancias extraordinarias puede seguir siendo insuficiente para justificar un ejercicio favorable de discreción» Vea también Matter of Jean, 23 I&N Dec. 373, 373 (AG 2002) (aplicando el estándar para ganar una concesión discrecional)

¿Qué es Dificultad Extrema para una Exención 212h?

Factores de Dificultad Extrema incluyen si tus familiares calificados tienen lazos familiares en los Estados Unidos; la extensión de los lazos familiares de los familiares calificados fuera de los Estados Unidos; condiciones en tu país de origen; impacto financiero de tu partida de los Estados Unidos; y condiciones de salud significativas, particularmente cuando están vinculadas a la indisponibilidad de atención médica adecuada en tu país.

Recursos sobre Exenciones 212h

Revisión Judicial de las Negaciones de Exención 212h

La sección 212(h) de la INA establece que ningún tribunal tiene jurisdicción para revisar una decisión sobre si conceder o negar una exención discrecional.

Pero bajo la sección 242(a)(2)(D) de la INA, los tribunales retienen la jurisdicción para revisar reclamaciones constitucionales o preguntas de derecho planteadas en una petición de revisión de una orden final de remoción presentada en el circuito judicial federal en el que se completaron los procedimientos del tribunal de inmigración. Así, si una persona colocada en procedimientos formales de remoción solicitó una exención de la sección 212(h) (por ejemplo, con una solicitud de ajuste), el individuo puede impugnar la negación de esa exención en una petición de revisión de una orden final de remoción que plantea preguntas constitucionales o legales (por ejemplo, si la persona es estatutariamente elegible para solicitar una exención).

Por esa razón, los tribunales de revisión han considerado impugnaciones a las negaciones de las exenciones § 212(h) en algunos casos.

Exenciones 212h – Historia de Éxito

A continuación, un ejemplo de cómo pudimos obtener una exención 212(h) para uno de nuestros clientes:

Michelle y su esposo, ambos nativos de India, se conocieron en la universidad hace más de veinticinco años. Poco después de su boda, el esposo de Michelle encontró un trabajo en los Estados Unidos y su empresa acordó patrocinarlo para una visa H-1B. Michelle acompañó a su esposo a los EE. UU. con una visa H-4.

Como hacen muchos nuevos inmigrantes, la pareja enfrentó varios desafíos mientras luchaban por asimilarse a su nueva vida en los Estados Unidos. Michelle tuvo muchas dificultades para hacer este ajuste. Tenía una carrera floreciente en India, pero no estaba autorizada para trabajar en los Estados Unidos. Como resultado, se deprimió mucho. Lamentablemente, se metió en problemas con la ley y fue condenada por hurto en varias ocasiones. Reconociendo que tenía un problema grave, Michelle buscó ayuda profesional para su depresión y pudo cambiar su vida.

El esposo de Michelle fue patrocinado para obtener una tarjeta de residencia a través de su empleador, pero el abogado anterior de Michelle le aconsejó que no solicitara debido a sus condenas. Cuando él se convirtió en ciudadano estadounidense, el esposo de Michelle presentó una Petición I-130 para un Pariente Extranjero en su nombre. Una vez que esta petición fue aprobada, Michelle presentó dos solicitudes: una solicitud para convertirse en residente permanente y una solicitud de exención de inadmisibilidad según la sección 212(h) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Para obtener una exención 212(h), Michelle tuvo que demostrar que su esposo e hijos sufrirían dificultades extremas si ella se viera obligada a regresar a India.

USCIS negó su solicitud de exención. Llegaron a la conclusión de que la familia de Michelle no experimentaría dificultades extremas si ella se viera obligada a regresar a India.

Presentamos una apelación, argumentando que el USCIS ignoró completamente el impacto emocional y psicológico significativo que la partida de Michelle tendría en su esposo y en sus dos hijos pequeños. Leer Más…


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Descargo de responsabilidad: Utilizamos inteligencia artificial, específicamente Chat GPT 4, para traducir la versión original en inglés de esta página a este idioma en 2023. No sabemos si esta traducción es completamente precisa. Además, esta página puede no estar completamente actualizada. Aconsejamos a nuestros lectores que no confíen en esta página como asesoramiento legal, sino simplemente como información de fondo sobre el sistema de inmigración de los Estados Unidos.