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Tarjetas Verdes para Cónyuge e Hijos
De Titulares de Tarjeta Verde

conyuge-e-hijos Un residente permanente legal (LPR) de los EE. UU. puede solicitar tarjetas de residencia para su cónyuge e hijos.

Comienza presentando un formulario I-130 para tu cónyuge e hijos.

Históricamente, el proceso podría llevar un par de años bajo la categoría familiar 2A (cónyuges e hijos solteros de LPR) ya que el número de personas que se les permite inmigrar bajo esta categoría está limitado. Y debido a las limitaciones por país, si naciste en un país donde muchas personas buscan emigrar a los EE. UU., la espera podría ser incluso más larga.

Sin embargo, desde 2019, la categoría familiar 2A ha estado vigente, lo que significa que no hay atrasos en esta categoría. Como resultado, es rápido y fácil obtener tarjetas de residencia para tu cónyuge e hijos si eres un residente permanente legal de los Estados Unidos.

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Reseñas de Clientes

Profesionalismo y Cuidado

“El Sr. Shusterman me ayudó en todo momento desde que llegué a los EE. UU. hace 17 años con una visa de académico visitante hasta este mes cuando me he convertido en ciudadano estadounidense.”

- Jose Mediano
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Si eres elegible para naturalizarte y convertirte en ciudadano estadounidense, hazlo de inmediato. Luego, patrocina a tu cónyuge e hijos para obtener tarjetas de residencia. Serán considerados parientes de inmigración y estarán libres de cualquier restricción numérica.

Si aún no eres elegible para naturalizarte, presenta un formulario I-130 que cubra a tu cónyuge y todos sus hijos. Para ser considerado hijo, cada hijo e hija debe ser soltero y menor de 21 años. Si estás patrocinando a un hijastro, ten en cuenta que tu matrimonio con su padre o madre debe haber ocurrido antes de su 18º cumpleaños.

Presenta los siguientes documentos al USCIS junto con el I-130 y la tarifa de presentación:

  • Una copia de tu tarjeta de residencia
  • Una copia de tu certificado de matrimonio
  • Si tú o tu cónyuge han estado casados anteriormente, copias de los documentos que terminaron cualquier matrimonio anterior (es decir, certificados de divorcio o de defunción)
  • Copias de los certificados de nacimiento de tu cónyuge e hijos

Ajuste de Estatus en los EE. UU. – Cónyuge e Hijos del Titular de la Tarjeta de Residencia

Si tu cónyuge e hijos están legalmente presentes en los EE. UU. con una visa temporal, pueden ser elegibles para ajustar su estatus a residentes permanentes sin salir de los EE. UU. Esto solo es posible si su estatus temporal no está a punto de expirar antes de que puedan solicitar el ajuste de estatus. Por ejemplo, si están en estatus H-1B o L-1, o posiblemente en estatus de estudiante F-1.
Si están aquí con visas de turista, es probable que no puedan ajustar su estatus en los EE. UU.

Tu cónyuge y cada hijo deben presentar un paquete del formulario I-485 al USCIS. Debes presentar una declaración jurada de apoyo para cada uno de ellos.

Visas de Inmigrante en el Extranjero – Cónyuge e Hijos del Titular de la Tarjeta de Residencia

Si tu cónyuge e hijos residen en el extranjero, una vez que tu formulario I-130 de petición de visa ha sido aprobado, será enviado por el USCIS al Centro Nacional de Visas (NVC).

A medida que se acercan sus fechas de prioridad, el NVC solicitará la documentación requerida y las tarifas de presentación para sus entrevistas en el Consulado/Embajada de los EE. UU. en el extranjero donde serán entrevistados.

Si su entrevista va bien, se les dará un período de 6 meses para venir a los EE. UU. Solo cuando sean admitidos formalmente en los EE. UU. por un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) se convertirán en residentes permanentes legales de los Estados Unidos.

Enlaces para Tarjetas de Residencia para Cónyuges e Hijos de LPR


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Descargo de responsabilidad: Utilizamos inteligencia artificial, específicamente Chat GPT 4, para traducir la versión original en inglés de esta página a este idioma en 2023. No sabemos si esta traducción es completamente precisa. Además, esta página puede no estar completamente actualizada. Aconsejamos a nuestros lectores que no confíen en esta página como asesoramiento legal, sino simplemente como información de fondo sobre el sistema de inmigración de los Estados Unidos.