Ajuste de Estatus de la Sección 245k
La Sección 245k de la ley de inmigración permite a la mayoría de los solicitantes basados en el empleo ajustar su estatus en los Estados Unidos incluso si se quedaron más tiempo del permitido o violaron su estatus por un cierto período de tiempo.
Para las personas en las categorías familiares y algunas de las categorías basadas en el empleo, para ajustar su estatus en los Estados Unidos, deben mantener su estatus legal y trabajar solo con autorización. Meramente un día fuera del estatus legal o trabajando sin autorización podría descalificar a un solicitante para obtener su tarjeta verde en los Estados Unidos. Esto podría significar tener que abandonar los Estados Unidos para solicitar una tarjeta verde en un consulado en el extranjero, lo que puede llevar mucho más tiempo. Las violaciones al estatus, incluso si son involuntarias o desconocidas, pueden arruinar un caso de inmigración.
No solo el procesamiento consular es más demorado, sino que una persona que abandona los Estados Unidos después de acumular presencia ilegal podría estar sujeta a una prohibición de 3 o 10 años para regresar a los Estados Unidos. Por lo general, intentamos mantener a nuestros clientes aquí en los Estados Unidos para ajustar su estatus, es decir, solicitar una tarjeta verde sin salir de los Estados Unidos.
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Sin embargo, la ley no espera que todos sean perfectos. Existe una excepción para los casos basados en el empleo: Sección 245k. Esta excepción permite a ciertos solicitantes ajustar su estatus incluso si violaron su estatus en ocasiones anteriores. La Sección 245k excusa las violaciones de estatus que no exceden los 180 días, contados desde su última admisión legal. Solo los solicitantes en las categorías de EB-1, EB-2, EB-3, y trabajadores religiosos EB-4 pueden calificar para ajustar su estatus utilizando la Sección 245k.
Requisitos de la Sección 245k
La Sección 245k establece: Un extranjero que es elegible para recibir una visa de inmigrante bajo … [una petición de visa de inmigrante I-140 y otras peticiones basadas en la ocupación] … puede ajustar su estatus de acuerdo a la subsección [245(a)], si
(1) el extranjero, en la fecha de presentación de la solicitud para el ajuste de estatus, está presente en los Estados Unidos de acuerdo a una admisión legal;
(2) el extranjero, posterior a dicha admisión legal no ha, por un período agregado que excede los 180 días–
(A) fallado en mantener, continuamente, un estatus legal;
(B) se ha comprometido en un empleo no autorizado; o
(C) de otra manera violó los términos y condiciones de la admisión del extranjero.
Un memorándum de USCIS fechado el 14 de julio de 2008 confirma que el período de 180 días comienza solo después de la última admisión legal del extranjero en los EE. UU. y no incluye violaciones que ocurrieron antes de su última admisión legal. Solo se considerarán violaciones de 180 días o menos después de esa admisión para determinar la elegibilidad bajo la sección 245k. Por ejemplo, si un extranjero llegó en estatus H-1B el 1 de enero de 2012, cualquier empleo no autorizado o falta de mantenimiento del estatus legal (por menos de 180 días) en los Estados Unidos antes de esa entrada es perdonado. Al realizar la entrada más reciente del 1 de enero, la persona reinicia el «reloj» para las violaciones de estatus.
Según el memorando, la presentación del Formulario I-485 no detendrá el «reloj» para el empleo no autorizado. Supongamos que un beneficiario extranjero que ya ha estado trabajando de manera no autorizada durante 170 días solicita el ajuste de estatus el día 171 y continúa trabajando después de eso. El reloj seguirá corriendo para los propósitos del período de 180 días para 245(k), incluso después de que se haya presentado la solicitud de ajuste.
Solo cuando el solicitante deja de trabajar, el documento de autorización de empleo (EAD) es aprobado y/o la solicitud de ajuste de estatus es adjudicada para la residencia permanente, el reloj dejará de contar los días de violación. Después de 10 días más de trabajo no autorizado, este solicitante ya no calificará para el perdón bajo la Sección 245k.
Para aprovechar la Sección 245k, el beneficiario debe llegar con un estatus de no inmigrante válido, como H, L, E, TN, etc. Llegar con un permiso de reentrada anticipada no se considera una «admisión legal».
¿Y si el beneficiario extranjero ha cometido más de una violación después de su entrada a los Estados Unidos? Por ejemplo, ¿qué pasa si el solicitante trabajó sin autorización durante 125 días y luego estuvo fuera de estatus durante 65 días? En este caso, se tendrán en cuenta todos los días de cada violación y se sumarán para determinar si hubo una violación de más de 180 días. Para el conteo de días de empleo no autorizado, se incluyen días festivos y fines de semana, ya sea que el trabajo sea a tiempo completo o parcial.
La Sección 245k es una gran herramienta para los inmigrantes basados en el empleo para corregir sus violaciones anteriores en los Estados Unidos. Es recomendable consultar con un abogado de inmigración experimentado para revisar su historial de inmigración completo antes de presentar una solicitud I-485.
Recursos de la Sección 245k
- Inaplicabilidad de las barras al ajuste (USCIS)
- Aplicabilidad de la Sección 245(k) a ciertas solicitudes de ajuste de estatus EB presentadas bajo la Sección 245(a) INA (USCIS)
Sección 245k Ajuste de Estatus: Recursos Adicionales
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Descargo de responsabilidad: Utilizamos inteligencia artificial, específicamente Chat GPT 4, para traducir la versión original en inglés de esta página a este idioma en 2023. No sabemos si esta traducción es completamente precisa. Además, esta página puede no estar completamente actualizada. Aconsejamos a nuestros lectores que no confíen en esta página como asesoramiento legal, sino simplemente como información de fondo sobre el sistema de inmigración de los Estados Unidos.