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Cómo Calificar para el Asilo Basado en Religión

asilo basado en religión ¿Es usted elegible para asilo basado en religión?

Si tiene un temor bien fundado de que puede ser perseguido en su país debido a sus creencias religiosas, puede ser elegible para el asilo en los EE.UU. La persecución religiosa puede tomar muchas formas y puede temer la persecución por parte del gobierno de su país o de un grupo que el gobierno es incapaz o no quiere controlar.

Bajo las leyes de inmigración de EE.UU., la persecución debido a las creencias religiosas incluye:

  • Amenazas serias o infligir daño físico, psicológico o económico por parte del propio gobierno o grupo no controlado
  • Castigo por una policía religiosa a través de golpes, detenciones, u otro tipo de daño
  • Castigo por un miembro de la familia, cuya autoridad sobre usted es reconocida o tolerada por el gobierno de su país, basado en su supuesto incumplimiento de las normas religiosas
  • Restricciones especiales sobre su libertad religiosa impuestas por las leyes de su país que tienen un impacto grave en su forma de vida individual
  • Discriminación severa impuesta a su grupo religioso o prohibición de la práctica de su religión y forzarlo a unirse a una cierta religión en contra de su voluntad
 

Reseñas de Clientes

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Las solicitudes de asilo basadas en la religión se deciden caso por caso, ya que hay una amplia gama de posibles circunstancias. Para obtener asilo, debe demostrar que su falta real o percibida de religión es la razón principal de su persecución.

Para solicitar asilo basado en la religión en los EE.UU., debe presentar una Solicitud de Asilo y de Retención de Expulsión: Formulario I-589 a la USCIS. En general, esto debe hacerse dentro de un año de su llegada a los EE.UU. y puede incluir a su cónyuge e hijos en su solicitud.

Antes de enviar su paquete I-589, puede encontrar útil leer 4 consejos para ayudarlo a ganar su caso.

Si se le concede el asilo, puede solicitar una tarjeta de residencia un año después de ser aprobado. Para hacerlo, debe presentar el Formulario I-485 Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estado.

Ley Internacional de Libertad Religiosa

En 1998, el Congreso adoptó la Ley Internacional de Libertad Religiosa (LILR) en respuesta a las crecientes preocupaciones sobre la persecución de diversos grupos religiosos en todo el mundo.

La LILR fue promulgada el 27 de octubre de 1998. Aunque la LILR señaló específicamente la preocupación del Congreso por los cristianos en Sudán y China, budistas tibetanos y baha’ís en Irán, el Congreso reconoció la importancia de proteger la libertad religiosa en todo el mundo.

En sus hallazgos, el Congreso citó, entre otras razones, lo siguiente como base para adoptar la Ley: El derecho a la libertad de religión sustenta el origen y la existencia misma de los Estados Unidos. Muchos de los fundadores de nuestra Nación huyeron de la persecución religiosa en el extranjero, atesorando en sus corazones y mentes el ideal de libertad religiosa.

Establecieron una ley, como un derecho fundamental y como pilar de nuestra Nación, el derecho a la libertad de religión. Desde su nacimiento hasta este día, los Estados Unidos han valorado este legado de libertad religiosa y han honrado esta herencia defendiendo la libertad religiosa y ofreciendo refugio a aquellos que sufren persecución religiosa.

La LILR busca abordar dos problemas diferentes, aunque igualmente importantes. Primero, la LILR aborda directamente los problemas de libertad religiosa y persecución religiosa, incluyendo una serie de disposiciones diplomáticas y de política exterior diseñadas para mejorar la capacidad de los Estados Unidos para promover la libertad religiosa en todo el mundo.

En segundo lugar, la LILR aborda problemas percibidos dentro del Departamento de Estado (DOS), el Departamento de Justicia (DOJ) y el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) que pueden llevar a una atención disminuida a los problemas de persecución religiosa. Estas últimas disposiciones ahora se aplican a los componentes relevantes del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

Asilo Basado en Religión – Enlaces Basados


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Descargo de responsabilidad: Utilizamos inteligencia artificial, específicamente Chat GPT 4, para traducir la versión original en inglés de esta página a este idioma en 2023. No sabemos si esta traducción es completamente precisa. Además, esta página puede no estar completamente actualizada. Aconsejamos a nuestros lectores que no confíen en esta página como asesoramiento legal, sino simplemente como información de fondo sobre el sistema de inmigración de los Estados Unidos.